ATACAMA | ¿QUIÉN AUTORIZÓ EL RALLY EN PLENA TEMPORADA DEL DESIERTO FLORIDO?
DENUNCIA CIUDADANA EXIGE TRANSPARENCIA SOBRE PERMISOS, RUTAS Y PROTECCIÓN AMBIENTAL ANTE COMPETENCIA AUTOMOVILÍSTICA PROGRAMADA PARA EL 16, 17 Y 18 DE OCTUBRE.
Una denuncia ciudadana recibida por Radio Labrar FM ha encendido las alertas respecto de la realización de la tercera fecha del Rally Cross Country Chile 2026, anunciada para los días 16 al 18 de octubre en Chañaral, Región de Atacama, justamente durante uno de los períodos de mayor importancia ecológica del Desierto Florido.
De acuerdo con las publicaciones difundidas por la cuenta oficial del evento en Instagram, la competencia tendrá como centro de operaciones el Camping Chango de Rocas Negras, ubicado en Bahía Inglesa, comuna de Caldera.
Según antecedentes proporcionados por la denunciante, la actividad es organizada por la Asociación Deportiva Regional 100 Por Ciento Rally Chile, vinculada deportivamente a la Federación Chilena de Automovilismo Deportivo (FADECH).
Sin embargo, surge una interrogante que merece una respuesta pública y urgente:
¿QUIÉN DIO LOS PERMISOS PARA DESARROLLAR ESTA COMPETENCIA Y QUÉ ORGANISMOS REVISARON SUS RUTAS?

UN PATRIMONIO NATURAL QUE DEBEMOS PROTEGER
El Desierto Florido no es simplemente un atractivo turístico. Es un fenómeno ecológico extraordinario que permite la aparición de más de 200 especies vegetales, muchas de ellas nativas y adaptadas a las extremas condiciones del desierto.
Según información oficial de Sernatur, la floración de 2026 podría alcanzar aproximadamente 17.667 kilómetros cuadrados de activación vegetal en Atacama, siendo mediados de octubre uno de los períodos de mayor diversidad y abundancia de flores.
CONAF ha advertido reiteradamente que el tránsito de vehículos fuera de caminos habilitados puede afectar gravemente semillas, bulbos, raíces y organismos que permanecen bajo el suelo, comprometiendo los futuros ciclos de floración.
Por ello, la preocupación ciudadana no se limita a las flores visibles, sino también a la biodiversidad que permanece latente bajo la superficie.
¿QUÉ DICE LA LEGISLACIÓN CHILENA?
La Ley N.º 21.600, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, contempla en sus artículos 94 y 108 disposiciones sobre permisos y restricciones de actividades dentro de áreas protegidas, incluyendo el tránsito vehicular en lugares no habilitados, con las excepciones legales correspondientes.
Estas disposiciones deben examinarse según el trazado efectivo de la competencia, los territorios comprometidos y su régimen de protección.
La autorización de una federación deportiva no reemplaza los permisos territoriales o ambientales que legalmente pudieran corresponder.
¿POR QUÉ NO REALIZAR EL RALLY EN VERANO?
Esta es otra de las preguntas que plantea la ciudadanía.
Si Atacama dispone de escenarios para el deporte motor durante diferentes temporadas del año, ¿por qué programar una competencia durante el período de floración?
¿Se evaluó trasladar la actividad al verano? ¿Se estudiaron rutas alternativas? ¿Se consultó a los organismos encargados de proteger los ecosistemas?
La experiencia demuestra que estas medidas son posibles: en 2021, otra competencia de rally en Atacama modificó su recorrido para evitar sectores donde se desarrollaba el Desierto Florido.
Postergar la fecha tampoco elimina todos los riesgos ambientales, pero permite evaluar alternativas fuera del período de mayor sensibilidad ecológica.
SE SOLICITAN RESPUESTAS URGENTES
Radio Labrar FM recoge esta preocupación ciudadana y hace un llamado a CONAF Atacama, al Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, a la Seremi del Medio Ambiente, a las municipalidades correspondientes, a FADECH y a los organizadores para que informen públicamente:
- Quién autorizó la competencia y bajo qué condiciones.
- Cuáles son las rutas oficiales y si fueron revisadas por los organismos competentes.
- Qué medidas concretas existen para prevenir daños a la flora, fauna, semillas y suelos.
- Si se evaluó postergar el evento o modificar su trazado.
Hasta ahora, los antecedentes examinados no permiten confirmar que la competencia atraviese un área protegida ni que exista alguna infracción ambiental. Precisamente por ello, resulta fundamental conocer su recorrido y las autorizaciones correspondientes.
La denuncia no busca impedir el desarrollo del deporte motor, sino exigir que cualquier actividad deportiva respete y proteja el patrimonio natural de Atacama.
El Desierto Florido pertenece a las generaciones presentes y futuras. Su protección no puede depender de la improvisación ni de la ausencia de información.
¿QUIÉN DIO LOS PERMISOS? ¿DÓNDE ESTÁN LAS RUTAS AUTORIZADAS? ¿POR QUÉ NO POSTERGAR LA COMPETENCIA?
La ciudadanía merece respuestas antes de que comience el evento.
