La relación entre fundación Isabel Aninat, Canal Gallo y Ferrera, y las aguas del río Matancilla

“Justificación uso de aguas superficiales extraídas del río El Carmen, para el riego del Fundo Matancilla”, el informe que sustenta los 920 litros por segundo (l/s) del río Huasco en manos de privados.

La premura por instalar nuevos liderazgos que encabecen la mesa directiva de la comunidad de aguas “Canal Gallo y Ferrera” pareciera ser el único objetivo de un grupo de accionistas impulsados por la fundación Isabel Aninat Echazarreta, representada por Enrique Alcalde Undurraga, quien el pasado 03 de mayo otorgó un poder a Waldo Becerra Campos para representarlos al interior de dicha comunidad de la que forman parte, a solo días que se elija un nuevo directorio para la Junta de Vigilancia del Río Huasco.

En el mismo contexto, el grupo de accionistas buscó invalidar la directiva actual vigente de Gallo y Ferrera encabezada por Eugenio Albié a través de un proceso de elecciones eventualmente irregular efectuado el 09 de abril pasado, procedimiento que la mayoría de sus usuarios invalidaron en una asamblea posterior realizada el 07 de mayo por inconsistencias respecto a la participación del notario como ministro de fe y la falta de transparencia.

La aspirante dirigencia quedaría conformada por Waldo Becerra, Juan Cuello y Claudia Caimanque, lo que provocó discrepancias entre los regantes, por consiguiente, deberá ser el Tribunal Calificador de Elecciones regional el que “determine la validez de los procesos eleccionarios e indique cuál es el directorio vigente de la referida organización de usuarios”, así lo informó mediante oficio la Dirección General de Aguas (DGA).

Fundación Isabel Aninat, Becerra y río Matancilla:

Waldo Becerra, ahora representante de la fundación de derecho canónico ante la comunidad de aguas Canal Gallo y Ferrera, con derechos de aguas superficiales equivalente a 26 acciones, intenta liderar una de las comunidades de regantes que conforma la Junta de Vigilancia del Río Huasco, organización que lleva adelante el juicio por el “Caso Matancilla”, y que busca demostrar ante la justicia la insubsistencia de 920 l/s de derechos de aprovechamiento de aguas perfeccionados por sociedades privadas en desmedro de los habitantes del Huasco.

El origen del conflicto Matancilla se construye a partir una compraventa celebrada en 1955, que tuvo como objeto principal un terreno o sitio eriazo, pero en la cual se incluyeron los derechos de aguas vinculados al riego del mismo, inscritos posteriormente en el año 2006 de forma autónoma en el Registro de Propiedades de Aguas de la Serena.

En el año 2010, Inversiones Catemu Ltda. y Asesorías e Inversiones Ensenada S.A. iniciaron juicios paralelos de perfeccionamiento de derechos de aprovechamiento de aguas que fueron asentidos, 460 l/s respectivamente, 920 l/s en su totalidad, fundamentalmente en base a un informe técnico confeccionado por el ingeniero agrónomo, Waldo Becerra Campos, quien llega a dicha cantidad utilizando la “Tabla de Equivalencias entre caudales y usos”, fijada por el Decreto Supremo 743, del Ministerio de Obras Públicas, del año 2005.

La Junta de Vigilancia del Río Huasco y sus Afluentes, en defensa de los regantes de la cuenca y habitantes de la provincia, sostiene que “este proceder es erróneo, pues la referida Tabla de Equivalencias fue establecida para efectos de la constitución original, por parte de la autoridad, de nuevos derechos de aprovechamiento de aguas, y no para el perfeccionamiento de los mismos”.

En este sentido, la Corte Suprema ha fallado que la “Tabla de Equivalencias entre caudales y usos” se aplica únicamente para la constitución de nuevos derechos de aprovechamiento. Así lo estableció en sentencia de casación de fecha 28 de julio de 2011, pronunciada en la causa rol N° 1689-2009, caratulada “Patricio Vial Lecaros”.

El lapidario informe denominado “Justificación uso de aguas superficiales extraídas del Río EL Carmen, para el riego del Fundo Matancilla”, elaborado por Becerra, fue puesto a disposición de los tribunales de justicia, y entre las conclusiones señala que “Inversiones Catemu Ltda. e Inversiones los Notros, son dueños de derechos de aguas superficiales captadas por los Canales Matancilla Primero, Matancilla Segundo, Tapado Norte y Tapado Sur, estos canales tienen libre disposición en el uso de agua a canal completo”, dice el informe.

Ausencia de la DGA

En expedientes referidos a los juicios de perfeccionamiento, consta que sólo la DGA fue demandada, manteniéndose en rebeldía en ambos procesos, agravándose esta situación en que ninguno de los terceros interesados fue debidamente emplazado en los procesos de perfeccionamiento.

Es conclusión, mediante un proceso de perfeccionamiento de derechos de aguas se “crearon” artificialmente 920 l/s, lo cual representa un perjuicio probablemente irreparable para toda la cuenca del Río Huasco, por cuanto la dotación máxima nominal para este tramo, satisfaciendo en un 100% los derechos de aprovechamiento de uso consuntivo y de ejercicio permanente, corresponde a un volumen por unidad de tiempo de 1.176 litros por segundo

Finalmente, se perfeccionó un caudal en base a una sola prueba rendida, que fue el informe técnico confeccionado por Waldo Becerra, quien llega a dicha cantidad utilizando la “Tabla de Equivalencias entre caudales y usos”, fijada por el Decreto Supremo 743, del Ministerio de Obras Públicas, del año 2005 y que, de acuerdo a los antecedentes disponibles, se concluyó que los derechos en comento nunca se ejercieron, es decir, no estuvieron asociados a un uso efectivo de las aguas respectivas.